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Tramitaciones y visados

TRAMITACIONES Y VISADOS

En esta breve guía encontrarás todo lo que necesitas saber antes de tu llegada a España y todos los trámites administrativos que deben realizarse previamente a así como todos aquellos que vamos a realizar durante nuestra estancia por estudios en España. La mayoría de procesos son simplificados y las Administraciones públicas en España nos prestan soporte para todos y cada uno de ellos con un servicio de atención personalizada al alumno.

Para agilizar el proceso es muy importante que sigáis todo el proceso tal y como está explicado y en caso de duda recordad que estamos a vuestra disposición para ofreceros soporte.

El objeto de esta guía es que se convierta en vuestra compañera de bolsillo solo en aquellos días en que vais a realizar los trámites administrativos que corresponden y tengáis a vuestro alcance toda la información previa a la realización del trámite. Esto nos permite acudir con la documentación necesaria y no invertir más tiempo del absolutamente necesario.

Trámites legales para extranjeros: Estudiantes de fuera de la UE

Si eres estudiante de fuera de la Unión Europea (UE) para poder permanecer legalmente en España más de 90 días, necesitas obtener la autorización de estancia por estudios, que te autorizará a permanecer en España todo el tiempo que duren tus estudios. Además, podrás viajar si lo deseas dentro de la UE y los países que tienen firmados convenios con España o la UE para la libre circulación de personas.

Trámites a realizar para tu estancia por estudios:

1. ANTES DE TU LLEGADA A ESPAÑA: Visado de Estudios

2. DURANTE EL PRIMER MES DESDE TU ENTRADA EFECTIVA EN ESPAÑA: TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero)

3. DOS MESES ANTES DE QUE CADUQUE TU TARJETA: Renovación

4. SI TIENES QUE VIAJAR Y TU TARJETA ESTÁ CADUCADA: Autorización de regreso

5. SI DURANTE TUS ESTUDIOS QUIERES TRABAJAR: Autorización de trabajo

 

1. ANTES DE TU LLEGADA A ESPAÑA: Visado de Estudios

Antes de llegar a España tienes que tramitar el "visado de estancia por estudios" en los consulados de España de tu país de origen o residencia legal. Puedes consultar el consulado correspondiente en la web del Ministerio de Asuntos Exteriores español. Tienes toda la información que necesitas en el apartado de Servicios al Ciudadano. Allí encontrarás tu consulado al desplegar la pestaña "Embajadas y Consulados".

Para tramitar el visado, necesitas, entre otros documentos, la acreditación de haber sido aceptado en un programa de estudios en Àrtidi Escuela Superior.

Esta acreditación debes solicitarla a:

Departamento de Secretaría Académica (secretaria@artidi.com) previa formalización de la matrícula con el Departamento de Estudios (estudios@artidi.com). Es muy importante que el visado sea de estudios (tipo D). Cualquier otro tipo de visado no da derecho a la tramitación posterior de la Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Importante: Ten en cuenta que el visado de estudiante es válido únicamente para estudiar en el Centro de Formación en la que has solicitado ser admitido y por el periodo de tiempo establecido en la carta de aceptación. De este modo, si después de haber obtenido tu visado, decides estudiar en una institución educativa diferente, ponte en contacto con la misión diplomática u oficina consultar española en tu país de residencia para asegurarte de los pasos que debes seguir antes de viajar a España, puesto que la documentación tramitada no permite tu entrada en territorio Español.

Las opciones laborales de los estudiantes de Àrtidi engloban gran parte de los sectores profesionales relacionados con el retail, la moda, el diseño y las tendencias.

2. DURANTE EL PRIMER MES DESDE TU ENTRADA EFECTIVA EN ESPAÑA: Tarjeta de Identidad de Extranjero

Si tu estancia autorizada tiene una duración superior a 6 meses, deberás solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo de un mes desde la entrada efectiva en España.

Para tramitarlo deberás dirigirte a la Comisaría de Policía de la localidad donde residas.

A) Si vives en Barcelona debes realizar el trámite en la Comisaría de Policía situada en Rambla Guipúzcoa, 74 de Barcelona. El proceso es simplificado y se inicia solicitando cita previa a través de la página web (Extranjería > Cita previa extranjería > Acceder al procedimiento > Barcelona > Expedición de tarjeta de identidad de extranjero (huella) > Entrar).

B) Si vives en otra localidad que no sea Barcelona, directamente sin necesidad de solicitar cita previa en la Comisaría de Policía de la localidad donde residas.

 

Documentos necesarios y lugar de presentación

1. Pasaporte original y fotocopia
2. Visa de estudiante y la Autorización de Entrada. En su defecto puedes presentar la fotocopiadel ticket de vuelo.
3. Carta de aceptación del Centro en el que va a cursar sus estudios
4. Certificado del Centro en el que conste la información del curso a nivel curricular, se incluirán las fechas, la duración del mismo, las horas lectivas y cómo están repartidas (mínimo 6 meses).
5. Certificado de Empadronamiento. Este documento es el registro oficial de las personas que viven en España. Para obtenerlo puedes hacerlo a través de este link dónde encontrarás toda la información que necesitas. Es un trámite rápido y puede realizarse en el mismo día sin necesidad de cita previa. Cómo obtener mi volante de Padrón en el Ayuntamiento de Barcelona.

Para la obtención de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) deberás rellenar una solicitud. Aquí puedes Descargar Formulario de solicitud

Encontrarás más información adicional en la página de la Secretaría General de Inmigración y Emigración. Más información

3. DOS MESES ANTES DE QUE CADUQUE TU TARJETA: Renovación

La tarjeta tiene una vigencia de un año y es renovable si tus estudios tienen continuidad. La formación a realizar tiene que estar vinculada con la formación que iniciaste al llegar a España. Puedes realizar el trámite de renovación con una antelación máxima de 2 meses y en todo caso, antes de que ésta caduque.

4. SI TIENES QUE VIAJAR Y TU TARJETA ESTÁ CADUCADA: Autorización de regreso

Si tienes que salir de España y tu tarjeta está en proceso de renovación, puedes solicitar una autorización que te permita volver a entrar al país, siempre que tu tarjeta ya haya caducado. Esta autorización te permite salir y volver a entrar al país en un plazo de 90 días.

Actualización (29/07/2013): La autorización de regreso solamente es válida para la entrada directa en España. Si vuelves a través de otro país del área Schengen (vuelo en conexión), debes comprobar con antelación si necesitas unvisado y tramitarlo antes de efectuar el vuelo. Esta autorización debe tramitarse directamente en la Comisaria de policía, mediante cita previa:

A) Residentes en Barcelona ciudad: En la oficina del Cuerpo Nacional de Policía de la C/ Mallorca, 213, esquina Enric Granados, de Barcelona, con cita previa obtenida a través de la página web www.mpt.gob.es/servicios/extranjeria.html. A partir del 1/7/2015, los residentes en Hospitalet también deberán solicitar cita previa para pedir la autorización de regreso.

B) Los ciudadanos extranjeros residentes en localidades distintas a Barcelona capital y Hospitalet, para obtener dicha autorización de regreso, deberán personarse directamente, sin necesidad de cita.

Las tasas deben pagarse en la Comisaría de Policía (el formulario lo facilitan en la comisaría) al solicitar la autorización de regreso.

5. SI DURANTE TUS ESTUDIOS QUIERES TRABAJAR: Autorización de trabajo

Si durante tu estancia tienes que realizar prácticas no laborales en entidades públicas o privadas que formen parte del plan de estudios para el que se otorgó la autorización de estancia y que se producen en el marco de convenios de colaboración entre dichas entidades y la UPF, no será necesario que tramites ninguna autorización de trabajo.

Fuera de este caso, si quieres compaginar estudios y trabajo (por cuenta propia o ajena) sí que se necesita una autorización de trabajo, con los siguientes condicionantes:

  • El horario laboral no puede coincidir con el horario lectivo (a tiempo parcial o a tiempo completo si tiene una duración máxima de tres meses fuera del período lectivo).
  • Los ingresos obtenidos no podrán tener el carácter de recurso necesario para el sustento o estancia, ni serán considerados en el marco del procedimiento de prórroga de estancia
  • La vigencia de la autorización de trabajo coincidirá con la duración del contrato y no podrá ser superior a la duración de la autorización de estancia por estudios

Más información sobre los documentos necesarios y el procedimiento de solicitud:

Descargar Formulario de solicitud

 

TIPOS DE VISADO

Aquellos ciudadanos extracomunitarios que se dispongan a estudiar en España necesitarán regularizar su situación legal, dependiendo de la duración de su estancia.

Estancias de hasta tres meses

1) La directiva europea CE Nº 539/2001 de 15 de marzo, incluye en su anexo II los países cuyos nacionales están exentos de la obligación de tramitar un visado para estancias de hasta tres meses. Estos han de cumplir los requisitos legales incluidos en el artículo 5 del Código Schengen, y en caso de que necesiten prolongar la estancia, se puede solicitar para un máximo de tres meses más (para más información, consultar la hoja informativa del ministerio 02).

2) La directiva europea CE Nº 539/2001 de 15 de marzo 2001 incluye en su anexo I los países cuyos nacionales deberán estar provistos de un visado de estancia (tipo C) para entrar en el Espacio Schengen. Para más información, consultar aquí

Estancias de hasta seis meses

Existen visados (tipo D) por estudios que permiten la estancia en España por períodos de hasta 180 días. Este tipo de visado no permite tramitar la Tarjeta de Identidad para Extranjeros (TIE).

Estancias superior a seis meses

Aquellos ciudadanos que se dispongan a realizar estancias por estudios en España por más de seis meses deben tramitar un visado por estudios tipo D abierto. Este tipo de visado es válido por tres meses y se dispone de un mes desde la entrada en el Espacio Schengen para solicitar la Tarjeta de Identidad para Extranjeros (TIE). Para más información, consultar aquí.

La TIE es un permiso de estancia temporal válido para el tiempo en que dure la estancia de estudios en España. El permiso se concede por un máximo de un año académico y se renueva anualmente, siempre que los estudios no hayan finalizado y se demuestre un buen aprovechamiento del curso anterior. El documento es el título que demuestra el derecho legal del titular a permanecer en el país.

Al entrar en la Unión Europea se dispone de un máximo de 30 días naturales para comenzar el proceso de solicitud de la Autorización de Estancia por Estudios. A este efecto, es imprescindible conservar los billetes de vuelo (tarjeta de embarque) o que se obtenga el sello de entrada a la Unión Europea en el pasaporte al atravesar las aduanas.

El visado se puede solicitar en el Consulado o Embajada españoles más cercanos a su localidad. Importante: una vez en España, no es posible cambiar un visado. El único visado válido es el que el internacional no europeo obtiene en la Embajada Española o Consulado antes de venir.

Una vez en España, no es posible cambiar un visado. El único visado válido es el que el internacional no europeo obtiene en la Embajada Española o Consulado antes de venir.

Estudiantes extracomunitarios que hayan sido admitidos para la realización o ampliación de estudios en otro Estado miembro de la Unión Europea podrán solicitar cursar o completar parte de sus estudios en España, no siendo exigible la obtención de visado.

Se deberá solicitar la Autorización de Estancia por Estudios, que podrá ser presentada antes de la entrada en España en la Oficina Consular Española donde resida el extranjero o después de la entrada en España, en el plazo de un mes desde que se efectúe la misma, en la Oficina de Extranjería en Barcelona. Se presentará personalmente por el estudiante.

Nota importante: todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado y, en caso necesario, deberá estar traducido al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.

Para obtener más información, consultar la hoja informativa del ministerio.

Pérdida o robo del visado

Si has perdido tu visado tienes que enviar copia de la denuncia de robo o pérdida (preferentemente en español o inglés) por fax a:

MINISTERIO DE ASUNTO EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN
Sección Visados
C/Ruiz de Alcorcón, 5
28071 Madrid
Fax: 91 394 86 67/69

Debes incluir tus datos personales, un domicilio donde quieres que te envíen la confirmación de tu visado y una dirección correo electrónico si quieres que te avancen una copia de esta confirmación.

Más información

Ártidi, Escuela Superior
Telf. Contacto: 900 676 316 / 661124767
www.artidi.com
secretaria@artidi.com

CENTRO AMÉRICA
 

Embajada-Consulado Belize (Capital Belmopan)
Dirección: #8 D Street  King’s Park Belize City Belice
Mapa Ubicación Embajada en Belize
Web: http://www.embassypages.com
Email de contacto: lmts@lmtslogic.com
Teléfono de contacto: (+501) 610 - 1615
Horario de atención:
Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00h

Embajada-Consulado Costa Rica (Capital San José)
Dirección: Calle 32,San José,Costa Rica
Mapa de Ubicación Embajada San José
Web: exteriores.gob.es
Teléfono de contacto:+506 2222 1933
Horario de atención: 
Lunes a Viernes de 08:00 a 16:00h

Embajada-Consulado del Salvador (Capital San Salvador)
Dirección: Calle La Reforma, 164 bis
Colonia San Benito San Salvador El Salvador
Mapa Ubicación Embajada en San Salvador
Web: emb.sansalvador@mae.es
Teléfono de contacto: local: 2257.5700  internacional: +503.2257.5700
Horario de atención:
Martes a Sábado de 10:00 a 22:00h

Embajada-Consulado de Guatemala
Dirección: 6a. Calle 6-48, Zona 9.
Mapa Ubicación Embajada Guatemala
Web:http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/GUATEMALA/es
Mail de contacto:embespgt@correo.mae.es   
Teléfono de contacto: (502 2) 334 37 57
Horario de atención: Lunes a viernes de 10:00 a 13:00h

Embajada-Consulado de Honduras (Capital Tegucigalpa)
Dirección: Santander, 801. Colonia Matamoros.
Tegucigalpa, M.D.C.
Mapa Ubicación Embajada Tegucigalpa
Web: http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/TEGUCIGALPA/es/
Teléfono de contacto: 504 2236 68 75/65
Mail de contacto: emb.tegucigalpa@maec.es 
Horario de atención: Lunes a viernes de 09:00 a  13:00h

Embajada-Consulado de Nicaragua (Capital Managua)
Dirección: Avda Central, Las Colinas, n. 13 - Managua - Nicaragua
Mapa Ubicación Embajada Nicaragua
Web: http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/MANAGUA/es
Teléfono de contacto: (+505) 22 76 09 66 /67 /68
Mail de contacto: Avda Central, Las Colinas, n. 13 - Managua – Nicaragua
Horario de atención: Lunes a viernes de 09:00 a 13:00h

Embajada-Consulado de Panamá
Dirección: Plaza de Belisario Porras, entre Av. Perú y Calle 33 A.
Distrito de Calidonia Ciudad de Panamá.
Mapa Ubicación Embajada en Panamá
Web:http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/PANAMA/es
Teléfono de contacto: (00 507) 207 1500
Mail de contacto:Emb.Panama@maec.es
Horario de atención: Lunes a viernes de 08:00 a 15:30


*Requisitos generales para tramitación visado de estudiante (consultar con embajada correspondiente a cada País):

 

- Original y fotocopia de la solicitud del visado Schengen, que facilita la Sección Consular de la Embajada gratuitamente.

- Dos fotografías actuales (menos de 6 meses de antigüedad), tipo foto carnet, tamaño 3x4, a color, primer plano del rostro, con fondo blanco, sin sombra, sin ojos rojos, sin lentes o estos tienen que ser de armazón fino y sin reflejo del flash.

- Original y dos fotocopias del pasaporte o Título de viaje. El período de validez del pasaporte o título de viaje deberá ser, por lo general, superior en tres meses al del visado. Será válido al menos hasta tres meses después de la fecha prevista de salida del territorio de los Estados miembros o, en caso de varias visitas, hasta después de la última fecha prevista de salida del territorio del Estado miembro. Deberá haberse expedido en los diez años anteriores y contendrá al menos dos páginas en blanco.

- Original y fotocopia de la reserva de viaje.

- Arraigo en este país (certificado de matrimonio, Libro de Familia, documentación de propiedad de bienes inmuebles, muebles, etc.).

- Original y dos fotocopias de la tarjeta de admisión como Residente en la República del Paraguay (en el caso de los ciudadanos que no tengan la nacionalidad paraguaya).

- Original y dos fotocopias de la cédula de identidad civil expedida por el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional.

Para justificar el objeto de la estancia:

Viajes de estudios u otro tipo de formación.

- Documento de matrícula de un centro de enseñanza para participar en cursos teóricos y/o prácticos de formación.

- Certificados relativos a los cursos seguidos o estudios ya realizados en el país de origen.

Para justificar la disposición de medios económicos suficientes para la estancia y regreso al país de origen:

 - Original y fotocopia del Certificado de trabajo con los tres últimos recibos de sueldo o acreditación de trabajador autónomo y balance de la empresa, extractos bancarios de los últimos tres meses (no se admitirán extractos vía Internet), y/o cualquier otro documento que el solicitante considere pueda demostrar la disponibilidad de medios económicos corrientes (en el caso de menores de edad o hijos que dependan económicamente de sus padres, dichos documentos deberán referirse a estos últimos, adjuntando documento del Registro Civil que demuestre la relación parental así como compromiso de sufragar los gastos de la estancia del hijo otorgado ante escribano público).

Para la acreditación de los medios económicos, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/1282/2007, de 10 de mayo, sobre medios económicos, cuya disposición habrán de acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada en España. Durante el año 2015, la cantidad mínima a acreditar es de 64,53 euros por persona y día, con un mínimo de 580,77 euros o su equivalente legal en moneda extranjera.

- Original y fotocopia de la documentación que acredite que tiene contratado un seguro médico concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España, que cubra aquellos gastos que pudiera ocasionar su repatriación por razones médicas, asistencia médica por enfermedad o una atención hospitalaria de urgencia durante su estancia en el territorio español y, en su caso, de otros Estado Schengen, cuya cobertura mínima será de 30.000 euros. No basta con la tarjeta de asistencia médica, es necesaria la póliza y/o las condiciones nominativas e individualizadas para el solicitante.

- Tasa consular por tramitación de visado: 336.500 GUARANÍES, que NO es reintegrable en caso de denegación del visado (Sujeta a modificación sin previo aviso).-
Advertencia: Eventualmente, la Embajada podrá citar al interesado para una entrevista personal en la Oficina Consular y solicitar, además de la documentación presentada, cualquier otra que sea preceptiva para valorar las circunstancias arriba señaladas.

Todos los documentos expedidos en otro idioma deberán estar debidamente traducidos al castellano (Art. 36.1 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común),y debidamente apostillados/legalizados.Podrá solicitarse, en el caso de determinados idiomas, una traducción consular.

SUD AMÉRICA
 

Embajada-Consulado de Argentina (Capital Buenos Aires)
Dirección: Guido 1770,1020 CABA,Argentina
Mapa Ubicación Embajada en Buenos AIres
Web: http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/BUENOSAIRES/es
Teléfono de contacto: +54 11 4814-9100
Mail de contacto: cgeonline.com.ar
Horario de atención: De lunes a viernes de 08:30 a 14:00h.

Embajada-Consulado de Bolívia (Capital La Paz- Sucre)
Dirección: Avenida Cañoto,Santa Cruz,Bolivia
Mapa Ubicación Embajada en Bolívia
Web:http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/LAPAZ/es/
Teléfono de contacto: (591-2)  243 35 18, 243 31 39, 243 01 18 y 243 12 03.
Mail de contacto:
Horario de atención:
Lunes a viernes de 09:00 a 13:00h

Embajada-Consulado de Brasil (Capital Brasillia)
Dirección: SES, Avenida das Nações, Quadra 811, Lote 44,Brasília - DF,70429-900,Brasil Mapa Ubicación Embajada en Brasilia
Web:http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/Brasilia/es/
Teléfono de contacto: +55 61 3701-1600
Mail de contacto: emb.brasilia@maec.es
Horario de atención: Lunes a viernes de 08:30 a 13:00h

Embajada-Consulado de Colombia (Capital Bogotá)
Dirección: Calle 94A n.º 11A-70 Bogotá.
Mapa Ubicación Embajada en Bogotá
Web: http://www.exteriores.gob.es/consulados/bogota/es
Telefóno de contacto: +57 1 6283910
Mail de contacto: cog.bogota@maec.es
Horario de atención: De lunes a viernes de 08:00 a 12:00h

Embajada-Consulado de Chile (Capital Santiago)
Dirección: Avda 11 de Septiembre 2353,Santiago,Región Metropolitana,Chile
Mapa Ubicación Embajada en Santiago de Chile
Web: http://www.exteriores.gob.es/consulados/santiagodechile/es/
Teléfono de contacto: +56 2 2231 7391
Mail de contacto: cog.schile.vis@maec
Horario de atención: Lunes a viernes de 09:00 a 13:00h

Embajada-Consulado de Ecuador (Capital Quito)
Dirección: Calle la Pinta E4-412 y Amazonas. Apartado de Correos: 17-07-9322.,La Pinta E4-412,Quito 170135,Ecuador
Mapa Ubicación Embajada en Quito
Web:http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/QUITO/es/
Teléfono de contacto: +593 99 779 9115  +593 2 3226296
Mail de contacto: emb.quito@maec.es
Horario de atención: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00h

Embajada-Consulado de Paraguay (Capital Asunción)
Dirección: Edificio S. Rafael, 5° y 6° pisos,Yegros 437,Nuestra Señora Santa María de la Asunción,Paraguay
Mapa Ubicación Embajada en Asunción
Web: http://www.exteriores.gob.es
Teléfono de contacto: +595 21 490686
Mail de contacto: emb.asuncion.info@maec.es
Horario de atención: De lunes a viernes de 08:30 a 12:30h

Embajada-Consulado de Perú (Capital Lima)
Dirección: Av Jorge Basadre 498,San Isidro 15073,Perú
Mapa Ubicación Embajada en Perú
Web: http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/LIMA/es
Teléfono de contacto: +51 1 5137930
Mail de contacto: emb.lima@maec.es  
Horario de atención: De lunes a viernes de 09:00 a 13:00h

Embajada-Consulado de Uruguay (Capital Montevideo)
Dirección: Calle Libertad 2738, Montevideo
Mapa Ubicación Embajada en Montevideo
Web: http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/MONTEVIDEO/es
Teléfono de contacto:  +598 2708 0048  
Mail de contacto:
emb.montevideo@maec.es
Horario de atención: Lunes a viernes de 09:00 a 13:00h

Embajada de Venezuela (Capital Caracas)
Dirección: Av. Mohedano, entre la 1.ª y 2.ª transversal, Quinta La Castellana.- Caracas.
Mapa Ubicación Embajada en Caracas
Web: http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/CARACAS/es
Teléfono de contacto: +58 212-2632855
Mail de contacto: Emb.Caracas@maec.es
Horario de atención: De lunes a viernes de 08:30 a 15:30h
 

*Requisitos generales para tramitación visado de estudiante (consultar con embajada correspondiente a cada País):

- Original y fotocopia de la solicitud del visado Schengen, que facilita la Sección Consular de la Embajada gratuitamente.

- Dos fotografías actuales (menos de 6 meses de antigüedad), tipo foto carnet, tamaño 3x4, a color, primer plano del rostro, con fondo blanco, sin sombra, sin ojos rojos, sin lentes o estos tienen que ser de armazón fino y sin reflejo del flash.

- Original y dos fotocopias del pasaporte o Título de viaje. El período de validez del pasaporte o título de viaje deberá ser, por lo general, superior en tres meses al del visado. Será válido al menos hasta tres meses después de la fecha prevista de salida del territorio de los Estados miembros o, en caso de varias visitas, hasta después de la última fecha prevista de salida del territorio del Estado miembro. Deberá haberse expedido en los diez años anteriores y contendrá al menos dos páginas en blanco.

- Original y fotocopia de la reserva de viaje.

- Arraigo en este país (certificado de matrimonio, Libro de Familia, documentación de propiedad de bienes inmuebles, muebles, etc.).

- Original y dos fotocopias de la tarjeta de admisión como Residente en la República del Paraguay (en el caso de los ciudadanos que no tengan la nacionalidad paraguaya).

- Original y dos fotocopias de la cédula de identidad civil expedida por el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional.

Para justificar el objeto de la estancia:

Viajes de estudios u otro tipo de formación.

- Documento de matrícula de un centro de enseñanza para participar en cursos teóricos y/o prácticos de formación.

- Certificados relativos a los cursos seguidos o estudios ya realizados en el país de origen.

Para justificar la disposición de medios económicos suficientes para la estancia y regreso al país de origen:

- Original y fotocopia del Certificado de trabajo con los tres últimos recibos de sueldo o acreditación de trabajador autónomo y balance de la empresa, extractos bancarios de los últimos tres meses (no se admitirán extractos vía Internet), y/o cualquier otro documento que el solicitante considere pueda demostrar la disponibilidad de medios económicos corrientes (en el caso de menores de edad o hijos que dependan económicamente de sus padres, dichos documentos deberán referirse a estos últimos, adjuntando documento del Registro Civil que demuestre la relación parental así como compromiso de sufragar los gastos de la estancia del hijo otorgado ante escribano público).

Para la acreditación de los medios económicos, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/1282/2007, de 10 de mayo, sobre medios económicos, cuya disposición habrán de acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada en España. Durante el año 2015, la cantidad mínima a acreditar es de 64,53 euros por persona y día, con un mínimo de 580,77 euros o su equivalente legal en moneda extranjera.

- Original y fotocopia de la documentación que acredite que tiene contratado un seguro médico concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España, que cubra aquellos gastos que pudiera ocasionar su repatriación por razones médicas, asistencia médica por enfermedad o una atención hospitalaria de urgencia durante su estancia en el territorio español y, en su caso, de otros Estado Schengen, cuya cobertura mínima será de 30.000 euros. No basta con la tarjeta de asistencia médica, es necesaria la póliza y/o las condiciones nominativas e individualizadas para el solicitante.

- Tasa consular por tramitación de visado: 336.500 GUARANÍES, que NO es reintegrable en caso de denegación del visado (Sujeta a modificación sin previo aviso).-

Todos los documentos expedidos en otro idioma deberán estar debidamente traducidos al castellano (Art. 36.1 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común),y debidamente apostillados/legalizados.Podrá solicitarse, en el caso de determinados idiomas, una traducción consular.

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